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Reglamento

REGLAMENTO DEL CONCURSO DE AGRUPACIONES DE CARNAVAL
CAPITULO I
ARTICULO 1.- MODALIDADES. INCRIPCION.
Las Agrupaciones que se inscriban en el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas, se encuadran en algunas de las modalidades siguientes: Chirigotas y Comparsas.
Solo podrán participar en el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas aquellas que se encuentren inscritas en tiempo y forma.
Se considerara inscrita toda agrupación carnavalesca que dentro del plazo que establezca la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena, cumplimentando el correspondiente Boletín Oficial de Inscripción y reúna los requisitos exigidos en las presentes bases, lo que implica la aceptación de las mismas.
Este Concurso se establece para las agrupaciones de adultos.
ARTICULO 2.- CHIRIGOTAS
2.1. - Son aquellas agrupaciones carnavalescas que no están obligadas a interpretar su repertorio a mas de una voz. Él número de cantantes será de un mínimo de ocho y un máximo de quince.
A su vez, estos componentes se acompañaran de los siguientes instrumentos: bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de dos guitarras españolas y pitos carnavalescos. Cuando el tipo lo requiera podrán utilizar otros instrumentos aunque solo serán admitidos en la presentación, el estribillo y el popurrí.
2.2.- El repertorio estará compuesto por: presentación, dos pasodobles, dos cuplés con sus respectivos estribillos y popurrí. Dicho repertorio será inédito en cuanto a música y letra y no se podrán repetir en la fase preliminar y semifinal a excepción de la presentación y el popurrí.
ARTICULO 3.- COMPARSAS.
3.1.- Son aquellas agrupaciones carnavalescas que interpretan su repertorio a dos voces como mínimo. Él numera de cantantes será de un mínimo de diez un máximo de diecisiete. A su vez, estos componentes se acompañaran de los siguientes instrumentos: bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de tres guitarras españolas y pitos carnavalescos. Cuando el tipo lo requiera podrán usar otros instrumentos aunque solo serán admitidos en la presentación, el estribillo y el popurrí.
3.2.- El repertorio esta compuesto por: presentación, dos pasodobles, dos cuplés con sus respectivos estribillos y popurrí. Dicho repertorio será inédito en cuanto a música y letra y estas no se podrán repetir en la fase preliminar y semifinal a excepción de la presentación y el popurrí.
ARTICULO 4.- TIPOS.
Comprende él titulo o nombre de la agrupación y el disfraz que utiliza, presentándose como inédito en él titulo y original en el disfraz en la inscripción. Los disfraces se estrenarán para Trebujena en el Concurso Oficial de Agrupaciones de Carnaval, salvo autorización expresa y razonada de la Delegación de Fiestas. En caso de que más de una agrupación presente el mismo titulo, se aceptara la primera inscrita, rechazándose todas las demás.
ARTICULO 5.- REPRESENTANTE LEGAL.
Es el único portavoz ante la Delegación de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Trebujena y sus órganos competentes. Será un autor de cada agrupación, no obstante podrá delegar en quien la agrupación estime oportuno para este fin.
Funciones y competencias:
5.1.- Cumplimentar el Boletín Oficial de Inscripción.
5.2.- Podrá asistir al acto del sorteo del Concurso Oficial de Agrupaciones.
5.3.- Entregara dos ejemplares, mecanografiados a doble espacio, del repertorio a interpretar o en su defecto, dos libretos, con cuarenta y ocho horas de antelación al día fijado como comienzo del Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas.
5.4.- Comunicar al jurado las modificaciones al repertorio, una hora antes de la actuación fijada.
5.5.- Podrá dirigirse al regidor de escena antes de la actuación de la agrupación.
5.6.- Presentar las posibles reclamaciones ante la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena, y una vez comenzado el Concurso de Agrupaciones Carnavalescas al jurado. Siempre por escrito y debidamente identificado.
CAPITULO II
ARTICULO 6.-
El sorteo fija el orden de actuación de las distintas agrupaciones y se celebrara conforme a las siguientes reglas:
La Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena, convocara a todos los representantes legales de las agrupaciones inscritas para el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas en una reunión previa al mismo.
En ella se efectuará el sorteo para el orden de actuación en el Concurso Oficial de Agrupaciones, único punto del orden del día, sorteándose por separado las diferentes modalidades: Chirigotas y Comparsas. Siendo cabeza de serie las Agrupaciones Locales.
El orden de actuación de las modalidades se establecerá por la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena que las conjugara atendiendo al número de agrupaciones inscritas por cada modalidad, y si es posible indicara los descansos a que haya lugar. El orden de actuación se mantendrá inalterable.
CAPITULO III
ARTICULO 7.- PRESENTACIONES
Se podrá realizar en lugares habituales de ensayos o en el que la agrupación considere conveniente.
CAPITULO IV
ARTICULO 8.- COMPOSICIÓN DEL JURADO.
Se establece un jurado compuesto por: Presidente y Secretario, con un numero de vocales y suplentes que la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena nombrara en su día.
ARTICULO 9.- PRESIDENTE.
Designación: El nombramiento del presidente del jurado será competencia de la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena.
Funciones:
9.1.- Cumplirá y hará cumplir las presentes bases.
9.2.- Convocara y presidirá el jurado en todas las reuniones necesarias para el desarrollo del Concurso.
9.3.- Ordenara el comienzo y fin de las sesiones a celebrar del Concurso.
9.4.- Actuara con voz y voto.
9.5.- Será el único portavoz del jurado ante la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena y los representantes
legales, durante el desarrollo del concurso.
ARTICULO 10.- SECRETARIO.
Designación: El presidente del jurado, de acuerdo con la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena nombrará al secretario.
Funciones:
10.1.- Dará fe en cuantos documentos fuera necesario.
10.2.- Levantara Actas de las posibles incidencias del Concurso.
10.3.- Auxiliará al presidente en el exacto cumplimento de las bases.
10.4.- Será responsable, en todo momento, de las fichas de puntuaciones y de toda la documentación.
10.5.- Efectuara, en presencia de los miembros del jurado, el recuento de puntuaciones otorgadas a las agrupaciones.
10.6.- Actuara con voz pero sin voto.
ARTICULO 11.- VOCALES.
Los vocales del Jurado se designaran de las siguientes maneras:
11.1.- Los vocales serán nombrados por la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena y los presentara a los representantes legales con cuarenta y ocho horas de antelación al concurso oficial.
ARTICULO 12.- INCOMPATIBILIDADES DEL JURADO.
12.1.- Ser representante legal, autor, director o componente de alguna agrupación que concurse.
12.2.- Ser familiar en segundo grado de consanguinidad y afinidad de algún componente que concurse.
12.3.- Ser miembro de alguna entidad, que de alguna forma presente y/o patrocine cualquier agrupación que participe en el concurso. Cualquier tipo de reclamación sobre incompatibilidades, se presentara en la secretaria de la Delegación veinticuatro horas antes del Concurso quien resolverá antes de dicho concurso.
La Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena rechazara a cualquiera de las propuestas que incurra en las normas de incompatibilidades.
La decisión de la Delegación de Fiestas será inapelable.
ARTICULO 13.- ACTUACIONES Y DELIBERACIONES DEL JURADO.
13.1 El jurado estará formado oficialmente cuando concurra la presencia del presidente, el secretario y todos los vocales.
13.2.- Al comienzo de cada actuación de la agrupación, los vocales del jurado, recibirán del secretario las fichas de puntuaciones, que una vez puntuadas en cada interpretación será entregadas al secretario el cual las depositara en presencia del jurado en una urna.
13.3.- Todas las deliberaciones del jurado, tendrán carácter secreto.
13.4.- Previa convocatoria del presidente, el jurado se reunirá para estudiar y pronunciase sobre las posibles reclamaciones referentes al Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas hecha al efecto por los representantes legales.
13.5.- Dependiendo del numero de agrupaciones de cada modalidad llegaran a la final, las que el jurado crea oportuno.
CAPITULO V. EL CONCURSO.
ARTICULO 14.- Fases del Concurso.
El concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas, podrá constar de tres fases: preliminar, semifinal y final.
ARTICULO 15.- PRELIMINAR.
En la misma participaran todas las agrupaciones legalmente inscritas y de acuerdo con el orden establecido previamente en el sorteo.
Esta fase constara de un pase por agrupación. En esta fase se interpretara y por este orden:
Comparsa: presentación, dos, pasodobles, dos cuplés con sus respectivos estribillos y popurrí.
Chirigota: presentación, dos pasodobles, dos cuplés con sus respectivos estribillos y popurrí.
El repertorio a interpretar será inédito de música y letra. Una vez concluida esta fase y en el menor tiempo posible se hará publico el fallo del jurado el cual será inapelable y seguidamente se procederá en el mismo lugar de actuación al sorteo de la fase siguiente, respetando él articulo 6.
ARTICULO 16.- SEMIFINAL.
En esta fase participará él numero de agrupaciones que el jurado considere oportuno, siendo la puntuación mínima exigida el 50 por ciento del total de puntos.
Esta fase se regirá igual que la fase preliminar artículo 15 pero podrá ser suprimida en el caso de que el número de participantes inscritos la hiciese innecesaria.
ARTICULO 17.- FASE FINAL.
En la misma participará él numero de agrupaciones que el jurado considere oportuno, siendo la puntuación mínima exigida el 50 por ciento del total de puntos . Caso de existir empate, entre dos o más agrupaciones, en la puntuación global de la fase anterior, pasara a esta fase aquella agrupación que tenga mayor puntuación en su correspondiente composición más genuina. En esta fase se interpretara y por este orden: presentación, dos pasodobles, dos cuplés con su correspondiente estribillo y popurrí.
En el repertorio a interpretar en esta fase final sólo se podrá repetir, además de presentación y popurrí un pasodoble y/o cuple.
ARTICULO 18. - FALLO DEL JURADO
Una vez concluido la fase final y en el menor tiempo posible se hará publico el fallo del jurado el cual será inapelable.
ARTICULO 19.- PREMIOS.
Se establecen los siguientes premios: primero, segundo, tercero, consistente en asignación económica determinada y hecha publica por la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de Trebujena antes del Concurso.
Caso de existir empate, entre dos o más agrupaciones en puntuación global de la fase final, se otorgaran los premios en orden directo a las puntuaciones obtenidas en sus composiciones más genuinas.
En la fase final, toda agrupación que no obtenga el 60 por ciento del máximo de puntos obtenibles, no tendrá opción a premio.
ARTICULO 20.- PUNTUACIONES.
Comparsas:
Presentación...........................................de 0 a 10
Pasodobles ............................................de 0 a 15
Cuplés y estribillo ...................................de 0 a 10
Popurrí ...................................................de 0 a 25
Tipo .......................................................... de 0 a 5
Chirigotas:
Presentación...........................................de 0 a 10
Pasodobles .............................................de 0 a 10
Cuplés y estribillo....................................de 0 a 15
Popurrí .................................................. . de 0 a 25
Tipo ........................................................... de 0 a 5
Las puntuaciones referidas, son por cada vocal. El total de puntos se obtendrá por la suma de los puntos otorgados por cada miembro del jurado, eliminado la puntuación total de los miembros que hayan otorgado la mayor y menor puntuación.
ARTICULO 21.- CORRECCIONES.
Antes de que quede publicada la relación de agrupaciones que pasan a la siguiente fase, se podrá reclamar por parte de los representantes legales o miembros del jurado de manera fehaciente, sobre cualquier infracción supuestamente cometida por alguna agrupación. El jurado se reunirá a instancia de su presidente para estudiar y pronunciarse sobre dichas reclamaciones,
aplicando el siguiente cuadro de "correcciones de puntuaciones" si, lo estimara conveniente:
21.1. - De no estar presente la agrupación en el momento de su actuación sin causa justificada, será penalizada con diez puntos menos y su actuación será en último lugar.
21.2. - Tiempo de interpretación: El tiempo global de interpretación de cada agrupación no excederá de 35 minutos. Caso de que cualquier agrupación se exceda en el tiempo reseñado la corrección consistirá en disminuir el 5% de la puntuación total otorgada a dicha agrupación por cada minuto de retraso que se produzca.
21.3. - No se podrá alterar en ninguna fase el orden de interpretación del repertorio, y solo se podrá repetir letra de un pasodobles y un cuplés en la fase Final. Las correcciones por incumplimiento de este apartado consistirá en no puntuar las composiciones repetidas.
21.4. – Cualquier otra infracción de los preceptos de este Reglamento no tipificada expresamente se penalizará con 5 puntos menos por cada infracción.
21.5. – Al finalizar cada sesión se dará conocimiento publico de las sanciones o infracciones ocurridas.
21.6. - La interpretación y cumplimiento de estas bases durante el concurso corresponderá al jurado cuya decisión será inalterable.
ARTICULO 23. - PUBLICACIONES DE PUNTUACIONES.
A la conclusión de cada fase, se publicaran los nombres y puntuaciones de todas las agrupaciones participantes.
DISPOSICION DEROGATORIA
Este reglamento anula los anteriores, entrando en vigor en el concurso del año 2005.
DISPOSICION FINAL.-
Para lo no dispuesto en el presente Reglamento se estará a las Disposiciones de la Delegación Municipal de Fiestas.
Trebujena , 4 de febrero de 2005