20070701 Bases Concurso del Racimo 2007

Bases LIII Concurso del Racimo

1.-Pueden participar en el mismo todas aquellas personas que sean propietarias o arrendatarias de viñedos en el término municipal de Trebujena, cuyo extremo se comprobará por el Ayuntamiento en el padrón correspondiente al I.B.I. de naturaleza rústica o bien mediante aportación por el interesado de certificado expedido por cualquiera de las cooperativas vitivinícolas de la localidad o contrato de arrendamiento.

2.- Se podrá participar en las variedades de Palomino y Pedro Ximenez, admitiéndose un solo racimo por variedad.

3.- La inscripción podrá realizarse hasta el día 3 de Agosto mediante el boletín correspondiente que se retirará en las oficinas municipales.

4.- Los racimos serán precintados por el Ayuntamiento a partir del día 6 de Agosto.

5.- Los racimos serán entregados por los concursantes en el Parque la Toya el día 18 de Agosto, de 10 a 12 de la mañana pasando sólo al concurso aquellos racimos que superen 2,5 Kg. de peso para la variedad de Palomino y 1 Kg. para la variedad de Pedro Ximenez. Sólo en caso que el número de racimos que superen este peso sea insuficiente a juicio de la organización, la Delegación de Fiestas podrá modificar estos pesos mínimos.

6.- El Concurso público se celebrará el día 18 de Agosto a las 9 de la noche en el Parque la Toya donde se procederá al pesaje de los racimos que hayan superado los mínimos del apartado 5 y se determinarán los ganadores en orden a su mejor presentación y mayor peso dentro de cada variedad.

7.- La composición del jurado se hará pública en el acto del concurso y estará compuesto por personas competentes en la materia.

8.- El fallo del jurado será inapelable.

9.- El Ayuntamiento garantiza tres premios para la variedad de Palomino y uno para la de Pedro Ximenez, ampliándose este número de acuerdo con las aportaciones que realicen las entidades comerciales para este fin.

10.- Los inscritos que pasen al concurso público podrán asistir al mismo junto con un acompañante, reservándoseles una zona al efecto.

11.- Para lo no dispuesto en las presentes bases se estará a lo dispuesto por la Delegación de Fiestas.

En Trebujena a 9 de Julio de 2007

LA CONCEJAL DELEGADA DE FIESTAS.

Fdo. Alicia Rosado Hierro



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